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Salud9 min lectura

Tutela por medicamentos no POS: guia completa para Colombia

La Corte Constitucional ha ordenado en multiples sentencias que las EPS deben suministrar medicamentos no POS cuando el medico los prescribe. Aprende como hacer la tutela.

Los medicamentos no incluidos en el Plan de Beneficios en Salud (antes POS) pueden ser cubiertos por tu EPS cuando tu medico los prescribe y no existe alternativa dentro del plan. La Corte Constitucional ha protegido este derecho en decenas de sentencias.

Base legal

La Sentencia T-760 de 2008 de la Corte Constitucional establecio que las EPS deben suministrar medicamentos no POS cuando: (1) el medico los prescribe, (2) no existe alternativa en el plan, y (3) el paciente no puede costearlos. La Ley 1751 de 2015 reforzo este principio.

Como hacer la tutela

Necesitas: (1) la orden medica con el nombre del medicamento, dosis y justificacion clinica, (2) tu historia clinica, (3) evidencia de la negativa de la EPS. Con ReclamaAI generas la tutela en minutos, incluyendo todas las citas jurisprudenciales.

El escalamiento es gratuito

Si primero presentas un derecho de peticion por $14.900 y la EPS no responde, puedes escalar a tutela sin costo adicional desde ReclamaAI.

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